Idealmente situado, a metros de la autovía a Tarragona y de la Plaza Europa, a pie de calle peatonal y a 300 metros de la playa del Levante!: apartamento de 1 dormitorio con la mejor orientación (Este), con terraza con vistas a una plaza, para disfrutar del sol y del aire libre. El inmueble se encuentra de origen, pero muy bien conservado y cuenta con un gran potencial, para ser actualizarlo totalmente. La cocina semi integrada es factible de abrirla aún más hacia el salón e incorporarle más espacio, convirtiéndola en una cocina moderna y "full equipment", con una inversión mínima. La puerta ventana corredera del salón y la ventana del dormitorio, han sido renovadas recientemente (de aluminio blanco con doble cristal). El dormitorio dispone de un amplio armario empotrado. La zona está muy bien comunicada, con transporte público hacia Salou pueblo, Reus, Tarragona y Barcelona y con comercios abiertos todo el año (supermercado justo en frente), lo que significa que se trata de una propiedad muy interesante tanto como vivienda permanente como segunda residencia. En resumen, se trata de una propiedad que representa una muy relación precio / prestaciones / situación.
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El precio de venta no incluye lo siguiente: Impuestos (I. T. P. , I. V. A. o A. J. D. , en su caso) ni otros gastos de la compraventa como (gastos de Registro de la Propiedad, Notaría, Gestoría). En cuanto a gastos de Notaria, registro y gestora de inscripción el coste aproximado es de un 2,5 % sobre el precio de escrituración. En cuanto al I.T.P, ( IMPUESTO DE TRANSMISION PATRIMONIAL ): En Catalunya es del 10%, salvo en el caso de que el comprador sea gran tenedor de viviendas 5 propiedades o más), en ese caso el I.T.P es del 20% sobre el valor de la vivienda ; I.T.P del 5% sobre el valor del inmueble, los siguientes perfiles de compradores: Jóvenes de hasta 35 años (Debe tratarse de la vivienda habitual y los ingresos no pueden superar los 36.000 € anuales ); Familias numerosas (La vivienda debe destinarse a residencia habitual y ajustarse a los límites de renta) ; Personas con discapacidad (Se requiere un grado mínimo de discapacidad y que la vivienda sea la residencia habitual); Adquisición de vivienda protegida (Según la calificación oficial de la vivienda protegida correspondiente); Empresas para alquiler social (Compromiso de destinar la vivienda al alquiler social durante el plazo legal establecido); Víctimas de violencia de género (La vivienda debe destinarse a uso habitual, justificar necesidad de cambio de domicilio y no superar los 36.000 € de renta)*. M&C gestión inmobiliaria